Estado deberá pagar millonaria
indemnización a ex prisioneros de isla Dawson
La Corte Suprema ratificó la sentencia que ordena al
fisco a pagar más de $4.500 millones a 31 prisioneros recluidos en el lugar
entre septiembre de 1973 y septiembre de 1974.
SANTIAGO.-
La Corte Suprema ratificó la sentencia que ordena al Estado de Chile pagar una
indemnización total de más de $4.500 millones a un grupo de prisioneros de Isla
Dawson, detenidos entre septiembre de 1973 y septiembre de 1974 en dicho centro
de detención política.
En fallo
unánime, la Segunda Sala del máximo tribunal del país –integrada por los
ministros Milton Juica, Hugo Dolmestch, Carlos Künsemûller, Haroldo Brito y el
abogado (i) Jaime Rodríguez Espoz– rechazó el recurso de casación presentado en
contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago,
que confirmó resolución del Décimo Octavo Juzgado Civil de Santiago que ordenó
pagar $150 millones a cada uno de los 31 ex prisioneros demandantes.
La sentencia
del máximo tribunal confirma la responsabilidad del Estado por los daños
físicos y psicológicos que sufrieron los ex prisioneros del centro de reclusión
política, ubicado en la Región de Magallanes.
"Es menester
dejar en claro que el fallo asentó como fundamento de la pretensión
indemnizatoria el hecho de ser víctimas de violaciones graves a los derechos
humanos perpetradas por agentes del Estado de Chile, especificándose en cada
acontecimiento las datas de sus secuestros, las torturas soportadas, el tiempo
que permanecieron privados de libertad y las secuelas que padecen, menoscabos
que hasta ahora persisten en todos los ámbitos de su vida", argumenta el
fallo.
Asimismo,
sustentó su resolución en "la gravedad de las violaciones a los derechos
humanos a que fueron sometidos los demandantes, que incluye el tiempo que
estuvieron prisioneros, al punto de ser reconocidos como víctimas del Estado
chileno en el Informe de la Comisión Nacional sobre Prisión Política y
Tortura" y en "el dolor y aflicción que se les provocó, no solo
físico e inmediato sino causante de un estado de vulnerabilidad con efectos
permanentes".
Además,
estableció como "ilegal" la reclusión de los mismos, la que se llevó
a cabo "en una isla del fin del mundo" donde estuvieron sujetos a
"los maltratos y la agonía de la incertidumbre de su propia
existencia".
Por último,
el fallo considera que los delitos de lesa humanidad son imprescriptibles tanto
en el aspecto penal, como en el aspecto civil, de acuerdo a la legislación
internacional.
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