miércoles, 23 de septiembre de 2015

IMPUESTOS INTERNOS BAILA AL SON DEL GOBIERNO



SII acota campo de acción de la fiscalía en nuevas querellas por platas políticas

Acciones del SII por pagos de SQM y Penta, destacan que se dirigen sólo a quienes están "singularizados de forma nominativa". Impuestos Internos precisó que ellos pueden perseguir infracciones tributarias y que la fiscalía sólo tiene atribución para delitos comunes.

Javiera Matus23 de septiembre del 2015 / 01:46 Hrs
A un día de que la Corte Suprema rechazara el amparo presentado por la defensa del ex vicepresidente de RN Claudio Eguiluz, el cual buscaba anular la resolución que permitía que fuese formalizado en el caso SQM sin acción legal nominativa del Servicio de Impuestos Internos (SII) en su contra, ayer el ente recaudador presentó dos nuevas querellas ante el Octavo Juzgado de Garantía de Santiago, con las que, en la práctica, contradice la resolución.
Esto porque pese a que el fallo del máximo tribunal dio luz verde a la fiscalía para formalizar por delitos tributarios sin la necesidad de una mención directa en querellas o denuncias del SII -ya que bastaba la frase “contra todos quienes resulten responsables”-, en los escritos presentados ayer por el ente recaudador se especifica claramente que “la presente acción penal por delitos tributarios se dirige única y exclusivamente en contra de las personas singularizadas de manera expresa y nominativa en ella” y no se incorporó la frase “contra todos quienes resulten responsables”. 
Impuestos Internos precisó además en sus querellas que “se extiende sólo a los hechos que en su texto se detallan, de manera que la facultad otorgada a este Servicio por el inciso primero del artículo 162 del Código Tributario, debe entenderse ejercida, para todos los efectos legales, solo respecto de dichas personas y por tales hechos”. 
Si bien la fiscalía esperaba esta presentación para reformalizar a algunos imputados, la precisión hecha por el SII generó inquietud en el equipo investigador de los casos Penta y SQM, ya que se interpretó que podría acotar su campo de acción. 
Previo a conocer los contenidos de las querellas, el fiscal nacional, Sabas Chahuán, se refirió al alcance que podrían tener estas acciones legales en términos investigativos. “Es importante porque nos permitiría abrir un poco la investigación, disipar cualquier duda de la formalización que ya se hizo, la cual fue cuestionada por algunas defensas, en el sentido de que  como no había querella, cosa que nosotros cuestionamos y la Corte ha confirmado. Pero al margen de eso, hay algunos hechos que, si vienen en la querella, permitirían eventualmente reformalizar”, señaló. 
Una de las acciones interpuestas fue en contra del ex gerente general Patricio Contesse, como representante legal de SQM Salar. A él se suman los representantes legales de Asesorías y Negocios SPA (Giorgio Martelli, ex recaudador de fondos de la campaña de la Presidenta Michelle Bachelet); de la Corporación para la Conservación y Preservación del Medio Ambiente (Patricio Rodrigo); de Cristián Warner Comunicaciones Publicidad y Marketing E.I.R.L. (Cristián Warner, ex asesor de Marco Enríquez-Ominami), y Carlos Tudela García -hijo del ex embajador DC del mismo nombre-, por la facilitación de boletas de honorarios y facturas falsas. 
La otra querella es en contra del ex diputado RN Alberto Cardemil Herrera, por la facilitación de boletas de honorarios propias y de terceros, por servicios que jamás se prestaron a empresas del Grupo Penta y a SQM. También va en contra de otras seis personas. 
En ambos textos, el SII enfatizó que en las acciones legales presentadas ayer no incluyen a personas distintas a las mencionadas como querelladas. “La habilitación que concede la presente acción penal por delitos tributarios para que el Ministerio Público inicie una investigación penal por delito tributario, no se extiende a otras personas o a otros hechos que pudiesen aparecer durante la investigación penal, aún cuando se encuentren vinculados a los que son objeto de esta presentación”, dice el libelo. 
En las querellas, el SII explicó además que “en caso de que durante el curso de la investigación surjan antecedentes que permitan concluir que personas distintas a las individualizadas también les cupiere participación punible en los hechos descritos en la presente acción penal por delito tributario (...) corresponderá a este servicio imponerse de tales antecedentes, ya sea por iniciativa propia o por comunicación del Ministerio Público, para efectos de iniciar un nuevo proceso de recopilación de antecedentes (...), pudiendo optar entre la presentación de una nueva acción penal”.
El ente recaudador detalló que la fiscalía tiene la atribución de perseguir delitos comunes, mientras que el SII cuenta con facultades exclusivas respecto de los delitos tributarios, lo que según Impuestos Internos ha sido ratificado “mediante pronunciamientos emitidos por distintas autoridades del Estado actuando dentro de sus respectivas competencias”.

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